Desarrollo Sostenible de la Acuicultura Marina en Andalucía. Inversiones Productivas. Convocatoria 2020

  • Estado convocatoria: Abierta
  • Objeto de la Convocatoria:Se convocan en régimen de concurrencia competitiva para el año 2020, las ayudas previstas en la Orden de 30 de enero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el Desarrollo sostenible de la Acuicultura Marina en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020), de la línea de ayuda “Inversiones Productivas en la Acuicultura”. La finalidad es lograr los objetivos específicos tales como el apoyo a la consolidación del desarrollo tecnológico, la innovación y la transferencia de conocimientos; el fomento de la competitividad y la viabilidad de las empresas acuícolas, incluida la mejora de seguridad y de las condiciones de trabajo, en particular de la Pyme.Esta actuación está cofinanciada con fondos FEMP procedentes de la Unión Europea, con cargo al Programa Operativo Plurirregional FEMP.
  • Tipo de Ayuda: Subvención a fondo perdido
  • Organismo Gestor: Junta de Andalucía. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.
  • Enlace Sitio Web: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/servicios/procedimientos/detalle/9624/datos-basicos.html
  • Publicación Oficial: 04/03/2020
  • Fecha inicio Convocatoria: 05/03/2020
  • Fecha finalización Convocatoria: 06/04/2020
  • Enlace a Publicación: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2020/43/BOJA20-043-00020-3210-01_00170637.pdf
  • Destinatarios:Las personas físicas y jurídicas, titulares de la autorización administrativa de cultivos marinos necesaria para poder llevar a cabo el proyecto para el que solicita ayuda.
  • Sector: Sector Pesquero / Acuícola.
  • Procedimiento de Concesión: Concurrencia competitiva
  • Ámbito Geográfico: Andalucía
  • Cuantía / Intensidad de la Ayuda:Ayuda máxima del 50 % del gasto subvencionable para PYMES. Para el resto de empresas, la ayuda pública se reducirá en un 20 %.
  • Actividades Subvencionables:Serán gastos subvencionables:
    • Inversiones para la ampliación de instalaciones existentes y construcción de nuevas instalaciones destinadas a incrementar la producción acuícola andaluza y/o diversificar la producción y las especies cultivadas, como pueden ser los movimientos de tierra, aportes de áridos, sistemas de bombeo, motobombas, estaciones de bombeo, compuertas, largaderos y otros sistemas de paso de agua, jaulas de cultivo, tanques de cultivo, cestas, bateas, long-lines, fotobiorreactores, boyas, sistemas de balizamiento, equipos de oxigenación, equipos de alimentación, maquinaria necesaria para el cultivo, embarcaciones auxiliares, vehículos necesarios para el cultivo, naves de almacenaje, oficina, naves asociadas al establecimiento para la manipulación de la producción, cámaras de conservación de la producción. Sistemas de depuración y filtrado del agua de cultivo y de la biomasa en cultivo. Sistemas de almacenaje, segregación y valorización de SANDACH (subproductos animales no destinados a consumo humano). Equipos de hardware y software para la planificación, gestión, control del cultivo u otra actividad que pueda incrementar el valor de la producción o reducir el impacto ambiental del cultivo.
    • Inversiones y equipamiento para modernizar las instalaciones acuícolas, incluida la mejora de las condiciones de trabajo y la seguridad de los trabajadores del sector acuícola, como son equipos de protección individual de los trabajadores.
    • Mejoras y modernización relacionadas con la salud y el bienestar de los animales, incluida la adquisición de equipos destinados a proteger las explotaciones de los predadores salvajes.
    • Inversiones en la mejora de la calidad del producto acuícola o para incrementar su valor.
    • Inversiones para el desarrollo de actividades complementarias vinculadas a ala actividad acuícola principal, a fin de diversificar los ingresos, incluidos el turismo de pesca deportiva, actividades educativas sobre acuicultura, etc..
    • Gastos de redacción de proyecto de obras y otras memorias necesarias para la solicitud de las ayudas.
  • Requisitos:Requisitos que deben reunir quienes soliciten subvención a fecha de presentación de la solicitud:
    • Estar en posesión de la autorización administrativa para poder realizar el cultivo en el lugar donde vaya a realizarse la inversión, conforme establece la Ley 1/2002 de 4 de abril de Ordenación, Fomento y Control de la Pesca Marítima, el Marisqueo y la Acuicultura Marina.
    • Las ayudas están limitadas a las empresas acuícolas.
    • Contar con al menos el 25% de importe previsto para la inversión, como capital social escriturado o fondos propios, a fin de garantizar la solvencia económica de la empresa.
    • Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social
  • Procedimiento de Solicitud:Las solicitudes de ayuda se presentarán ajustándose al modelo de formulario que figura como Anexo I, conforme determina el artículo 10 del texto articulado de la Orden de 30 de enero de 2017, que se publica junto con la convocatoria.Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Pesca y Acuicultura y podrán ser presentadas en los lugares y registros previstos en el apartado 10 del cuadro resumen de las bases reguladoras.
  • Regulación:
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