Lumpfish at the Centre for Sustainable Aquatic Research

Subvenciones destinadas a las agrupaciones de entidades que realicen proyectos en materia de crecimiento azul en el sector pesquero y de la acuicultura. Convocatoria 2022-23.

  • Objeto de la Convocatoria:Concesión de subvenciones destinadas a las agrupaciones de entidades que lleven a cabo proyectos de actividades de crecimiento azul en los sectores pesquero y de acuicultura, que conlleven a la modernización, actualización y mejora sostenible de éstos, incluyendo toda la cadena de transformación y comercialización de sus productos, así como de su competitividad y productividad.
    Esta actuación es objeto de financiación mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»).
  • Tipo de Ayuda: Subvención
  • Organismo Gestor: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
  • Enlace Sitio Web: https://www.mapa.gob.es/es/
  • Publicación Oficial: 21/01/2022
  • Fecha inicio Convocatoria: 22/01/2022
  • Fecha finalización Convocatoria: 18/02/2022
  • Enlace a Publicación: https://www.boe.es/boe/dias/2022/01/21/pdfs/BOE-B-2022-1525.pdf
  • Destinatarios: Podrán ser beneficiarias de las ayudas que se regulan en este real decreto las agrupaciones formadas por una entidad del apartado a) siguiente, que coordinará y representará a la agrupación, más cualesquiera entidades de los apartados a) y b) siguientes:a) Entidades públicas o privadas que tengan en vigor un protocolo general de actuación en materia de crecimiento azul con la Secretaría General de Pesca.
    b) Cualquier entidad pública o privada de ámbito nacional relacionada con el sector de la pesca y la acuicultura, incluyendo la transformación y comercialización de los productos. A estos efectos, se consideran entidades relacionadas los operadores definidos en el Reglamento 1380/2013 de 11 de diciembre de 2013, sobre la política pesquera común, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1954/2003 y (CE) n.º 1224/2009 del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) n.° 2371/2002 y (CE) n.º 639/2004 del Consejo y la Decisión 2004/585/CE del Consejo, así como las entidades asociativas reconocidas del sector, los organismos de investigación y universidades y las empresas tecnológicas que dispongan de desarrollos I+D+i aplicables a alguno de los operadores anteriormente definidos.
  • Sector: Pesca y acuicultura
  • Procedimiento de Concesión: Concurrencia competitiva
  • Ámbito Geográfico: España
  • Cuantía / Intensidad de la Ayuda:El porcentaje de ayuda podrá ascender hasta el 100% de los gastos subvencionables.
  • Actividades Subvencionables:Modalidades de proyectos de crecimiento azul subvencionables:
    1. Modernización del sector pesquero: establecimiento de las bases tecnológicas y de gestión para la digitalización e implantación de nuevas tecnologías a lo largo de la cadena sectorial y en la información pública sobre la producción primaria con el objetivo de mejorar la transparencia, la trazabilidad y la toma de decisiones sobre la sostenibilidad de dichos recursos.
    2. Nuevas pautas de gestión: implantación de modelos de gestión de pesquerías orientados a la selección y puesta en práctica de sistemas que permitan una mayor colaboración y una mayor eficiencia en todos aquellos aspectos que aumentan la sostenibilidad económica, ambiental y social del sector pesquero.
    3. Modernización de la acuicultura: determinación, para cada una de las zonas aptas para la acuicultura, tanto del litoral como de mar abierto y continental, de las especies vegetales y animales óptimas y métodos de producción y cultivo, las densidades y otras características productivas (biológicas, ambientales, de ingeniería, incluyendo balances de insumos de carácter alimentario en la cría, que avancen en un modelo de producción sostenible en términos de producción final de proteínas) y los correspondientes análisis socio-económicos de la potencial ocupación.
    4. Pesca costera artesanal, marisqueo y acuicultura: valorización, promoción y certificación por una tercera parte independiente de las actividades y de los productos de pesca costera artesanal y del marisqueo y los relacionados con áreas marinas protegidas de interés pesquero con la ayuda de herramientas digitales, así como labores de capacitación de los armadores, patrones, pescadores y mariscadores en esta materia.
    5. Prevención de especies exóticas invasoras: establecimiento de una red de monitorización, control y predicción de los crecimientos masivos de especies marinas invasoras en el litoral español.
    6. Lucha contra la contaminación marina: recogida y valorización de residuos –especialmente plásticos–, dándoles un uso industrial, promoviendo, alianzas intersectoriales y entre diferentes actores, para acercarse a una economía circular.
    7. Adaptación al cambio climático: evaluación integrada de los ecosistemas marinos y de los impactos asociados a la actividad pesquera y marisquera, artesanal y recreativa, como herramienta para la toma de decisiones en la gestión, con vistas a su adaptación al Cambio Climático, determinando sus efectos sobre la distribución de especies de interés pesquero y generando sistemas de alerta temprana sobre modificaciones bruscas del recurso.
    8. Descarbonización del sector pesquero: substitución de combustibles fósiles por energías limpias en el sector pesquero y acuícola, de transformación y comercialización, aportando así la parte correspondiente del cumplimiento de los objetivos 2030 y 2050.
  • Requisitos:Los proyectos deberán fomentar el crecimiento azul, esto es, a los efectos de esta norma, los que respondan a una estrategia de apoyo a largo plazo que procure el crecimiento sostenible de los sectores marino y marítimo; con la que se busca aprovechar el potencial de los océanos, mares y costas incentivando enfoques que favorecen el crecimiento, la conservación y la pesca sostenible; reconociendo la importancia de los mares y océanos como motores de la economía por su gran potencial para la innovación y el crecimiento.
    Sólo será subvencionable un único proyecto por cada agrupación solicitante de estas subvenciones, siempre que se desarrolle, al menos, en dos comunidades autónomas, para garantizar así el carácter supra autonómico de las actuaciones.
    – Las entidades deberán, antes de la presentación de la solicitud, constituirse en agrupaciones compuestas por al menos una entidad de las descritas en el apartado destinatarios, de forma que sólo la agrupación podrá solicitar la subvención.
    -Cada agrupación se formalizará a través de un acuerdo de agrupación.
    -Deben carecer de ánimo de lucro, que deberán de acreditar mediante una declaración responsable.
    – Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
  • Procedimiento de Solicitud:Conforme a lo previsto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece la obligatoriedad de relacionarse por medios electrónicos con la Administración a los destinatarios de estas ayudas.
    La presentación de las solicitudes se realizará, exclusivamente, a través del registro electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conforme al modelo o formulario normalizado de solicitud que se acompaña en la correspondiente convocatoria, que estará disponible en la sede electrónica de este Ministerio (https://sede.mapa.gob.es/).
  • Bases Reguladoras