Concesión de ayudas: Sector de los productos de la pesca y de la acuicultura

 

Orden de 29 de mayo 2020, por la que se convoca, para el año 2020 la concesión de ayudas a las organizaciones de productores y sus asociaciones, del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, para la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización en 2019, y a las organizaciones profesionales del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura para su creación, cofinanciadas con el Fondo Europeo, Marítimo y de Pesca (FEMP).

 

Beneficiarios:

  • Organizaciones de Productores Pesqueros (OPP) y Asociaciones de Organizaciones de Productores Pesqueros (AOP), de ámbito nacional y transnacional, que se encuentren dadas de alta en el Registro establecido en el artículo 8 del Real Decreto 277/2016, de 24 de junio.
  • Para la línea de ayudas establecida en el apartado 2 b), podrán ser también beneficiarias las OIP de ámbito nacional y transnacional que cumplan con los requisitos establecidos en el Real Decreto 277/2016, que estén inscritas en el Registro de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias establecido en el artículo 14 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, y cuyo ámbito de actuación se extienda a todo el territorio nacional.

 

Objeto:

Se convoca para el ejercicio de 2019, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de ayudas a las siguientes líneas de ayudas:

  • Ayudas a las Organizaciones de Productores Pesqueros (OPP) y Asociaciones de Organizaciones de Productores Pesqueros (AOP), de ámbito nacional y transnacional destinadas a la preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización (PPyC) de los años 2016 y 2017 de acuerdo a lo establecido en el Capítulo II del citado Título II del Real Decreto 956/217, de 3 de noviembre.
  • Subvenciones destinadas a la creación de organizaciones profesionales del sector pesquero, que incluye a las citadas OPP y AOP, de ámbito nacional y transnacional, y a las OIP de ámbito nacional o trasnacional, que cumplan los requisitos establecidos en el Real Decreto 277/2016 de 24 de junio, de acuerdo con lo establecido por el capítulo IV del citado título II del Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre.

 

Cuantía:

Las cuantías correspondientes a cada una de las líneas de ayudas son las siguientes:

  • La cuantía máxima total para la ayuda a los planes de producción y comercialización para esta convocatoria se establece en: 4.300.000 euros.
  • La cuantía máxima total para la ayuda a la creación de OPP, AOP y OIP para esta convcoatoria, se establece en: 200.000 euros.

 

Plazo:

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE.

 

Extracto BOE