Ayudas para medidas en materia educativa y de apoyo al sector de la acuicultura de Andalucía, ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19).

  • Objeto de la Convocatoria:

La finalidad de esta ayuda es paliar los efectos de impacto económico negativo que dicha crisis sanitaria ha provocado en el sector de la acuicultura, con el fin de ayudar a sostener la continuidad de su empresa o negocio, evitando el cese definitivo del mismo y, por tanto, la destrucción de empleo.

Esta actuación está cofinanciada con fondos FEMP procedentes de la Unión Europea, con cargo al Programa Operativo FEMP Andalucía (2014-2020).

La subvención consistirá en el pago del 50%, como máximo, de la disminución del ingreso por ventas en el periodo desde el 14 de marzo al 31 de julio de 2020, respecto de la media del mismo período de los tres años anteriores, o respecto al mismo periodo del año anterior para las empresas con tres o menos años de actividad, sobre la base de las solicitudes de ayuda aprobadas por la autoridad competente en materia de pesca, con un máximo de subvención de 150.000 € por entidad beneficiaria.

  • Actividades Subvencionables:

La disminución del ingreso por ventas en el periodo desde el 14 de marzo al 31 de julio de 2020, respecto de la media del mismo período de los tres años anteriores, o respecto al mismo periodo del año anterior para las empresas con tres o menos años de actividad.

  • Requisitos:
    • Estar ejerciendo la actividad productiva objeto de la ayuda a fecha 14 de marzo de 2020 en al menos una instalación de producción ubicada en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como estar ejerciendo la misma en el momento de solicitar la ayuda.
    • Ser titular de la autorización administrativa para realizar el cultivo de especies de acuicultura en Andalucía a fecha de solicitud.
    • En caso de persona física, estar dada de alta como autónomo en la Seguridad Social.
    • En caso de agrupaciones sin personalidad, deberán hacerse constar expresamente en la solicitud el importe de subvención a aplicar por cada uno de sus miembros, que tendrán igualmente la consideración de entidad beneficiara. En cualquier caso, deberá nombrarse una persona representante o apoderado único de la agrupación.
    • Haber sufrido una disminución de ingresos por ventas en el periodo desde el 14 de marzo al 31 de julio de 2020 de al menos un 20% de la media de ingresos por ventas del mismo periodo de referencia, en los tres años anteriores al 2020, o al del año anterior si se trata de una empresa con menos de tres años de actividad.
  • Procedimiento de Solicitud:

Las solicitudes de ayudas irán dirigidas a la Dirección General de Pesca y Acuicultura y se presentarán de forma telemática ajustándose al modelo de formulario que figura como anexo en la convocatoria de las ayudas y que está disponible en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía:

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/23230/datos-basicos.html